Como sucede año tras año, se viralizan falsas noticias (HOAX) de distintos temas, pero siempre suelen ser efectivos aquellos relacionados con Facebook o Whatsapp. En esta oportunidad, se ha difundido de forma viral un supuesto texto legal que pretende proteger a los usuarios contra el “robo” de información en Facebook
“Dejo establecido que debido al hecho de que Facebook ha optado por incluir software que le permitirá el robo de información personal: hoy, 20 de Febrero de 2016, en respuesta a las nuevas directrices de Facebook, de conformidad con los artículos L.111, 112 y 113 del código de la propiedad intelectual, declaro que mis derechos están conectados a todos mis datos personales dibujos, pinturas, fotografías, textos, música, etc... publicado en mi perfil. Para uso comercial de lo expuesto anteriormente se requiere en todo momento mi consentimiento. Aquellos que leen este texto pueden hacer un copy/ paste en su muro de Facebook. Esto les permitirá colocarse bajo la protección del derecho de autor. Por esta declaración, le digo a Facebook que queda estrictamente prohibido divulgar, copiar, distribuir, transmitir o tomar cualquier otra acción contra mí en base a este perfil y o su contenido. Las acciones antes mencionadas se aplicarán también a los empleados, estudiantes, agentes y/o cualquier otro personal bajo la dirección de Facebook. El contenido de mi perfil contiene información privada. La violación de mi intimidad es castigada por la ley (UCC 1-308 1-308 1-103 y el estatuto de Roma). Facebook ahora es una entidad de capital abierto. Todos los miembros están invitados a enviar un aviso de este tipo, o si lo prefieren, pueden copiar y pegar esta versión. Nota: Si no has publicado esta declaración al menos una vez, tácitamente permites el uso de elementos tales como tus fotos, así como la información contenida en la actualización del perfil.”
Para comenzar, es importante aclarar que los fundamentos legales citados no tienen ningún tipo de relación con lo que se pretende lograr, toda vez que son artículo del Código Comercial Unificado de los EEUU, de forma que dicha normativa es aplicable solamente para aspectos comerciales.
Los derechos, ya sean de propiedad intelectual o relacionados a tu privacidad, son regulados por la Declaración de Derechos y Responsabilidades de Facebook (https://www.facebook.com/legal/terms), acuerdo de adhesión que aceptas por tener una cuenta de Facebook y que de ninguna manera podría ser modificado por una declaración del usuario realizada en su muro. Es decir que si somos usuarios de Facebook, es porque lo hemos aceptado, y por lo tanto desde el comienzo de la relación, todos los aspectos relativos a la privacidad, protección de datos personales, propiedad intelectual de los contenidos y otros aspectos, son regulados por dichas cláusulas.
De hecho, expresamente a través del art. 19 (Otros) inc. 5, el usuario acepta que: “Cualquier enmienda a esta Declaración o exención de esta deberá hacerse por escrito y estar firmada por nosotros.” Confirmando nuevamente que una publicación por parte de un usuario de una manifestación unilateral (posteando dicha leyenda en su muro) posterior a la celebración de un contrato para la utilización de un servicio, no tiene ningún tipo de validez.
Más allá de eso, intentaremos razonar jurídicamente si fuera realmente posible aplicar la leyenda, y que básicamente se resume a que el usuario desea prohibir el uso de los datos personales a Facebook. ¿Podría un usuario de Facebook revocar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales?
De acuerdo a la legislación Argentina (Ley Nº 25.326 – art. 5), “el tratamiento de datos personales es ilícito cuando el titular no hubiere prestado su consentimiento libre, expreso e informado, el que deberá constar por escrito, o por otro medio que permita se le equipare, de acuerdo a las circunstancias.” ¿Podría alegar un usuario de Facebook que no sabía que tipo de tratamiento se le iba a dar a sus datos personales? Probablemente NO, precisamente por lo que antes señalamos: al ingresar como usuarios a Facebook, declaramos haber leído (cosa que realmente deberían hacer todos los usuarios) y aceptado las condiciones del Servicio, incluídas las políticas de privacidad y demás documentación aplicable.
No obstante, no debemos olvidarnos que en las propias DDR de Facebook, más precisamente en el art. 15 inc. 1, aceptamos la aplicación de la jurisdicción del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito del Norte de California o en un tribunal estatal del condado de San Mateo. Esta cláusula es aplicable para todo el mundo (literalmente) excepto para Alemania, quien a través de sus diferentes “peleas” con Facebook por la privacidad, logró que a través del art. 16 inc. 3 se incluyera excepciones para los usuarios de Alemania, entre los cuáles existen un reemplazo del art. 16 inc. 5, afirmando que sus contratos si se les aplica la legislación alemana. Para todo el resto de nosotros (incluídos los argentinos por supuesto), de acuerdo a este art. 16 inc. 1, estamos dando nuestro consentimiento para que tus datos personales se transfieran y se procesen en los Estados Unidos.
Por otro lado, es interesante analizar si más allá del aspecto legal, dicha leyenda realmente podría aplicarse al servicio. El propio funcionamiento de una red social (cualquiera sea) es basado sobre el hecho de compartir contenidos entre usuarios, interactuando con ellos, y donde gran parte de esos contenidos, contienen una amplia gama de datos personales. En consecuencia, si un usuario realmente quisiera revocar el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales, básicamente debería cerrar su cuenta, dado que de otra manera el Servicio en sí de la red social se haría de realización imposible. Este aspecto tiene una estrecha relación con el funcionamiento de la cesión de derechos de uso sobre los contenidos que el usuario transmite a la plataforma, y sobre las características particulares de esa licencia. Sin embargo, ello será motivo de otro post diferente, para no extendernos más en el presente.
Para finalizar, me tomaré la licencia de realizar una apreciación personal sobre el fenómeno analizado y su relación con la privacidad. Considero que por un lado, existe una gran población de usuarios de las redes sociales (Facebook y otras) que desconocen realmente las “reglas de juego” para participar de alguna red social, donde es la información del usuario la moneda de cambio por la utilización del servicio.
Desde otra perspectiva, es interesante observar el comportamiento de los usuarios en relación a la protección de su privacidad. Creo que existe una especie de intención de reclamo externalizado a través de este tipo de leyendas, que son utilizadas más bien como “banderas”, donde el usuario se siente identificado con todo o parte del texto, y quiere creer que copiando y pegando un texto en su muro, mejorará su situación sobre la privacidad de sus datos.
La privacidad en sí, es un concepto personal y mutable, que se va construyendo y forjando con el tiempo. La decisión de mantener una cierta actitud de resguardo sobre la privacidad, debe ser construido día a día, primero decidiendo y auto respetando el ámbito de privacidad que deseo tener, y luego, si exigiendo que otros terceros respeten esa línea que personalmente he demarcado. ¿Cómo?
Se construye dedicando 30 minutos a comprender cuáles son las condiciones del servicio. Si realmente comprendo y decido aceptar, entonces debería dedicar 10 minutos a repasar la configuración de privacidad. Y día a día se deberá reservar algunos de reflexión antes de comentar en un muro, antes de subir las fotos donde se vea la familia, la patente del auto y la dirección de la casa, antes de etiquetar a otra persona, antes de postear donde vamos a ir este verano de vacaciones, segundos de reflexión antes de... compartir algún contenido que afecte en algo esas ganas de tener un poco más de privacidad.
Abog. Marcelo Temperini (Abogado, especializado en Derecho Informático. Doctorando de CONICET dedicado a la investigación de Delitos Informáticos y Cibercrimen en el Centro de Investigación de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Socio Fundador de AsegurarTe, Consultora en Seguridad de la Información)