lunes, 10 de diciembre de 2012

Video: Disertación en las III Jornadas de Cloud Computing Security

El miércoles 19 de Octubre, se realizaron las III Jornadas de Cloud Computing Security, organizadas por CXO Community, dentro del Auditorio Principal de la Universidad del CEMA.
En las mismas fui invitado para la disertación en el último panel de las Jornadas, dedicado a los aspectos legales a considerar en las migraciones a la nube. Dicho Panel fue moderado por el Lic. Cristian Borghello y compartido con el Dr. Facundo Malaureille Peltzer.  
La exposición tuvo por objetivo enseñar el funcionamiento de la cesión de licencias en materia de propiedad intelectual, explicando la necesidad de estas cesiones (usuario-proveedor y proveedor-usuario) para la propia existencia de los servicios.
Junto a ellos, se desarrollaron algunos tips legales a tener en cuenta al momento de realizar los contratos con un proveedor de servicios cloud.
La idea final consistió en transmitir que si bien el derecho argentino no desborda de herramientas actualizadas para los nuevos contratos de internet, aún así es perfectamente posible migrar hacia el cloud computing manteniendo un importante nivel de seguridad jurídica para los usuarios y las empresas.


A continuación pueden ver el video de la exposición del panel completo (mi exposición comienza a partir de los 22 minutos)

domingo, 9 de diciembre de 2012

La obligación de verificación de identidad en las operaciones bancarias

Hace algunos días, el Lic. Cristian Borghello (Segu-Info) publicó VISA - relato de una estafa consensuada, en la cuál cuenta una situación personal pero que a su vez, es compartida con la inmensa cantidad de personas que han sufrido este tipo de estafas (y donde muchas de ellas, nunca se dieron cuenta).

La pregunta es ¿Qué pasa en estos casos? ¿Qué pasa cuando somos usuarios de un servicio, que, por deficiencias propias, nos perjudica?
Las deficiencias y problemas del sistema, ya han sido desarrollados en el artículo citado, pero debemos volver sobre el punto crítico del fallo: la falta de diligencia de la empresa / entidad bancaria para verificar la identidad del usuario que pretende pagar un servicio (o comprar un producto) con una tarjeta que no le pertenece.

En relación a esta situación, por un lado es aplicable lo dispuesto por la Ley 25.246, en cuyo art. 21 inc. a establece la obligación de las entidades financieras -y otras tantas personas detalladas en el art. 20- de
a. Recabar de sus clientes, requirentes o aportantes, documentos que prueben fehacientemente su identidad, personería jurídica, domicilio y demás datos que en cada caso se estipule, para realizar cualquier tipo de actividad de las que tienen por objeto. Sin embargo, podrá obviarse esta obligación cuando los importes sean inferiores al mínimo que establezca la circular respectiva.
Cuando los clientes, requirentes o aportantes actúen en representación de terceros, se deberán tomar los recaudos necesarios a efectos de que se identifique la identidad de la persona por quienes actúen.
Toda información deberá archivarse por el término y según las formas que la Unidad de Información Financiera establezca;
Asimismo, a través de la Ley de Tarjetas de Créditos Nº 25.065, en su art. 37 inc. c se reitera la obligación aún más precisa de verificación de la identidad del usuario:
ARTICULO 37.— El proveedor esta obligado a:
a) Aceptar las tarjetas de crédito que cumplan con las disposiciones de esta ley.
b) Verificar siempre la identidad del portador de la tarjeta de crédito que se le presente.
c) No efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta.
d) Solicitar autorización en todos los casos.
Es decir, existe en cabeza del proveedor del servicio, la obligación permanente de verificar la identidad del portador de la tarjeta de crédito que se le presente.

En este sentido, existe importante caudal de jurisprudencia en nuestro país. Por ejemplo, en el caso "Laino, Romina Gabriela c. Banco Sáenz S.A. 11/02/2010 - Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala A", donde la accionante había sido incluída en la lista de morosos del Banco Central, por una deuda por un crédito que un tercero sacó en una casa de electrodomésticos, el cuál fue financiado por su banco. La Cámara confirmó que:
Siendo indiscutible que el comercio en el cual fue utilizado el documento de identidad de la actora para adquirir mercadería financiada con un préstamo bancario, no cumplió adecuadamente con su obligación de verificar la identidad del solicitante, ha de concluirse que el banco otorgante es responsable por la indebida inclusión de aquélla como morosa en la base de datos del Banco Central de la República Argentina, pues infringió su deber de prudencia y diligencia al delegar el cumplimiento de una obligación que resulta indelegable.

Siguiendo al Abog. Gabriel Martinez Medrano en su art. "El robo de Identidad. La responsabilidad de los Bancos y del Estado", la negligencia del banco resulta de comparar la conducta obrada con la conducta esperable de un profesional del negocio bancario. El estándar para medir la culpa del banco es altísimo. Trátase de un profesional especializado en un negocio concreto, que debe adoptar todos los recaudos para evitar otorgar una tarjeta, cuenta o crédito al primero que pasa por la entidad y lo solicita a nombre de un tercero.

En consecuencia, no sólo existe la obligación de control y verificación por parte de las entidades bancarias, sino que además la misma es considerada como una operación profesional, por lo que deberán tomarse los recaudos suficientes para que su obrar sea  considerado como diligente en el caso. Esto implica que deberá demostrar que cumplió con todos los recaudos detallados anteriormente... ¿Podrán hacerlo?

La propia Ley 25.065 de Tarjetas de Créditos, en sus arts. 26 a 30 regula algunas reglas del proceso de reclamo e impugnación de las liquidaciones o resúmenes con errores. Básicamente, recordaremos que el titular puede cuestionar la liquidación dentro de los treinta (30) días de recibida, detallando claramente el error atribuido y aportando todo dato que sirva para esclarecerlo por nota simple girada al emisor.

El emisor de la tarjeta, deberá dar cuenta de recepción de esta nota dentro de los 7 días, y dentro de los 15 días siguientes, deberá corregir el error si lo hubiere o explicar claramente la exactitud de la liquidación, aportando copia de los comprobantes o fundamentos que avalen la situación.

Para finalizar el artículo, me gustaría expresar la necesidad de todas las entidades financieras, bancarias y de todas aquellas empresas que utilizan sus servicios, de realizar acciones positivas en materia de seguridad de la información. La falta de capacitación del personal, la falta de interés en el cuidado de la identidad y el patrimonio de los usuarios, la falta de cumplimiento de obligaciones legales existentes, claras y precisas, sumado a la cantidad de casos (en crecimiento) sobre estafas bancarias (físicas y virtuales), deberían generar un cambio y un avance de las empresas en mejorar sus niveles de seguridad.

Mandar un mail de vez en cuando con consejos sobre el phishing, es bueno, pero no alcanza..

CONICET - Beca Tipo I para Doctorado

Hace tiempo que esperaba este día... tengo el gusto de contarles que desde el CONICET me han otorgado una Beca Tipo I, para realizar el Doctorado en Derecho y sobre todo, poder seguir investigando en lo que es mi pasión, el derecho informático. Puntualmente, el plan de trabajo fue diseñado para investigar en materia de delitos informáticos en Argentina y su relación con los estándares internacionales en materia de Cibercriminalidad.
Saludos y gracias a todos los que lo hicieron posible!

jueves, 6 de diciembre de 2012

Salió la Revista Digital El Derecho Informático Nº 13

Esta semana se ha lanzado el Nº 13 de la Revista Digital El Derecho Informático, el cuál tengo el orgullo de dirigir y editar junto al Dr. Guillermo Zamora para nuestra Red Elderechoinformático.com. Aquí les dejo más información sobre el contenido de la revista y al final podrán acceder al link para leer online o descargar gratuitamente.
 
Título: Revista Digital El Derecho Informático Nº 13 (Diciembre 2012)
Autor(es): Varios
Publicación: 2012
Editorial: Red Iberoamericana El Derecho Informático - Edición propia
Núm. Páginas: 33p.
Tamaño: 5,20 Mbs (zip)
Idioma: Español
Índice de Artículos:
- Aplicación de tribunales virtuales en el comercio electrónico en Colombia. Por Lic. William Enrique Montero Rodelo
- El derecho no puede ser exacto (¡!). Por Noé Adolfo Riande Juárez
- El problema de la investigación de los delitos informáticos. Por Dr. Gonzalo Iglesias
- Privacidad por diseño y por defecto. Por Oscar Maire-Richard
- El impacto del diseño gráfico en la imagen corporativa. Por Lacie Design
- Las redes sociales y el impacto en la vida cotidiana. Por Abog. Romina Cabrera
- Entrevista al Ing. Mauro Graziosi. Experto en Seguridad Informática

Link para leer online o descargar

domingo, 2 de diciembre de 2012

Charlas en la Escuela Dr. N. Avellaneda

El pasado Viernes 30 de Noviembre, fue el Día Internacional de la Seguridad de la Información, y para festejarlo, desde AsegurarTe se realizó una charla para alumnos y docentes de la Escuela Dr. N. Avellaneda, de la ciudad de Santa Fe, buscando informar y capacitar sobre un "Uso Responsable de las Nuevas Tecnologías". La charla fue dictada por Maximiliano Macedo, y por el Abog. Marcelo Temperini, con una duración de más de 2 hs, debido al interés y participación de los alumnos y docentes que asistieron a la misma.
Este ciclo de charlas forma parte de un proyecto que se intenta llevar a cabo en nuestra ciudad de Santa Fe, llamado "Conciencia Digital", el cuál tiene por objetivo llevar estas charlas para padres, docentes y alumnos a todas las instituciones educativas secundarias. Aquellos que tengan interés en obtener más información, pueden acceder a www.asegurarte.com.ar.
Desde ya agradecemos el cordial trato por parte de las autoridades de tan importante institución pública educativa de nuestra ciudad de Santa Fe.





sábado, 1 de diciembre de 2012

Datos personales y leyendas legales en Facebook

Hace varios días, Facebook experimenta una inundación de algunas leyendas legales que los usuarios copian y pegan en sus propios muros. Estas leyendas, además de ser publicadas en los muros de los usuarios, también han sido objeto de publicación como comentarios en el Facebook Site Governance (Site oficial de Facebook para informar sobre las novedades y cambios de sus condiciones de servicio). El objeto del presente post, será intentar responder al interrogante ¿Son válidas estas leyendas?

A continuación reproducimos uno de sus textos más difundidos (existen diferentes variantes, adaptadas por los propios usuarios):

Habiendo leído, comprendido y visto los términos y condiciones de Facebook: yo: (Nombre y Apellido) NO AUTORIZO el uso de mis datos personales (textos, fotografías, imágenes personales, datos personales) de acuerdo con la ley de protección de datos. Rechazo totalmente que usuarios ajenos a mi pagina Facebook usen mi biografía para comentar u observar cualquier publicación. DE MODO IRREVOCABLE PROHÍBO TERMINANTEMENTE EL USO DE MIS DATOS PERSONALES (textos, fotografías, imágenes personales, datos personales) DE ACUERDO CON LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS; esto se aplica a todos los datos de mi página de Facebook. Los derechos sobre el uso de estos ME PERTENECEN EXCLUSIVAMENTE, por lo que necesita mi consentimiento personal y por escrito. Sólo yo debo y puedo acceder a mis datos de carácter personal, así como también procesarlos. El uso comercial requiere mi permiso por escrito. No están permitidos ni el uso de mi perfil ni hacer un perfil analítico mío, así como los datos que no se obtuvieron de mí. Además, mis datos NO PUEDEN ser utilizados para estudios de mercado y con fines publicitarios! Yo personalmente quiero decidir los amigos que pueden ver con quién estoy siendo amigo o no, independientemente de que este amigo sea también un amigo de un amigo mío. Me gustaría administrar la lista inteligente e incluso borrar completamente, cuando yo lo crea necesario. Me opongo a la divulgación de datos personales a terceros. Yo rechazo tanto las directrices existentes como los cambios de ésta, además insto a Facebook que cumpla con la política de privacidad, la protección de datos del consumidor y la legislación de derechos de autor en Europa, así como todos los otros países con regulaciones de protección de datos. Las prohibiciones anteriores se aplican también a su(s) empleado(s), representantes, estudiantes y todo el personal bajo su dirección o control. QUE QUEDE CLARO NO AUTORIZO Y RECHAZO TOTALMENTE EL USO DE MIS DATOS A CUALQUIER PERSONA FÍSICA, JURÍDICA O GUBERNAMENTAL. NO DOY MI CONSENTIMIENTO para que mis datos personales sean transferidos y procesados, incluyendo los que he borrado.

Debemos comenzar afirmando que todo usuario, al registrarse en Facebook, obligatoriamente acepta las DDR (Declaraciones de Derechos y Rresponsabilidades). Dicho contrato es de adhesión, es decir que una de las partes predispone el texto, mientras que la otra parte solamente tiene dos alternativas: aceptarlo o no hacerlo. Si somos usuarios de Facebook, es porque lo hemos aceptado, y por lo tanto desde el comienzo de la relación, todos los aspectos relativos a la privacidad, protección de datos personales, propiedad intelectual de los contenidos y otros aspectos, son regulados por dichas cláusulas.

De hecho, expresamente a través del art. 19 (Otros) inc. 5, el usuario acepta que: “Cualquier corrección a o exención de esta Declaración deberá hacerse por escrito y estar firmada por nosotros.” Es decir, la publicación por parte de un usuario de una manifestación unilateral (posteando dicha leyenda) posterior a la celebración de un contrato para la utilización de un servicio, NO es válida.

Más allá de eso, intentaremos razonar jurídicamente si fuera realmente posible aplicar la leyenda, y que básicamente se resume a que el usuario desea prohibir el uso de los datos personales a Facebook. ¿Podría un usuario de Facebook revocar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales?

De acuerdo a la legislación Argentina (Ley Nº 25.326 – art. 5), “el tratamiento de datos personales es ilícito cuando el titular no hubiere prestado su consentimiento libre, expreso e informado, el que deberá constar por escrito, o por otro medio que permita se le equipare, de acuerdo a las circunstancias.” ¿Podría alegar un usuario de Facebook que no sabía que tipo de tratamiento se le iba a dar a sus datos personales? Probablemente NO, precisamente por lo que antes señalamos: al ingresar como usuarios a Facebook, declaramos haber leído (cosa que realmente deberían hacer todos los usuarios) y aceptado las condiciones del Servicio, incluídas las políticas de privacidad y demás documentación aplicable.

No obstante, no debemos olvidarnos que en las propias DDR de Facebook, más precisamente en el art. 16 inc. 1, aceptamos la aplicación de la jurisdicción y la legislación de California, Estados Unidos. Esta cláusula es aplicable para todo el mundo (literalmente) excepto para Alemania, quien a través de sus diferentes “peleas” con Facebook por la privacidad, logró que a través del art. 17 inc. 3 se incluyera excepciones para los usuarios de Alemania, entre los cuáles existen un reemplazo del art. 16 inc. 1, afirmando que sus contratos si se les aplica la legislación alemana.

Por otro lado, es interesante analizar si más allá del aspecto legal, dicha leyenda realmente podría aplicarse al servicio. El propio funcionamiento de una red social (cualquiera sea) es basado sobre el hecho de compartir contenidos entre usuarios, interactuando con ellos, y donde gran parte de esos contenidos, contienen una amplia gama de datos personales. En consecuencia, si un usuario realmente quisiera revocar el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales, básicamente debería cerrar su cuenta, dado que de otra manera el Servicio en sí de la red social se haría de realización imposible. Este aspecto tiene una estrecha relación con el funcionamiento de la cesión de derechos de uso sobre los contenidos que el usuario transmite a la plataforma, y sobre las características particulares de esa licencia. Sin embargo, ello será motivo de otro post diferente, para no extendernos más en el presente.

Para finalizar, me tomaré la licencia de realizar una apreciación personal sobre el fenómeno analizado y su relación con la privacidad. Considero que por un lado, existe una gran población de usuarios de las redes sociales (Facebook y otras) que desconocen realmente las “reglas de juego” para participar de alguna red social, donde es la información del usuario la moneda de cambio por la utilización del servicio.

Desde otra perspectiva, es interesante observar el comportamiento de los usuarios en relación a la protección de su privacidad. Opino que existe una especie de intención de reclamo externalizado a través de este tipo de leyendas, que son utilizadas más bien como “banderas de la privacidad”, donde el usuario se siente identificado con todo o parte del texto, y quiere creer que copiando y pegando un texto en su muro, mejorará su situación sobre la privacidad de sus datos...

La privacidad en sí, es un concepto personal y mutable, que se va construyendo y forjando con el tiempo. La decisión de mantener una cierta actitud de resguardo sobre la privacidad, debe ser construido día a día, primero decidiendo y auto respetando el ámbito de privacidad que deseo tener, y luego, si exigiendo que otros terceros respeten esa línea que personalmente he demarcado. ¿Cómo? Se construye dedicando 30 minutos a comprender cuáles son las condiciones del servicio. Si realmente comprendo y decido aceptar, entonces debería dedicar 10 minutos a repasar la configuración de privacidad. Y día a día se deberá reservar algunos de reflexión antes de comentar en un muro, antes de subir las fotos donde se vea la familia, la patente del auto y la dirección de la casa, antes de etiquetar a otra persona, antes de postear donde vamos a ir este verano de vacaciones, segundos de reflexión antes de... compartir que afecte en algo esas ganas de privacidad.


Publicado en Locos del Social

viernes, 23 de noviembre de 2012

Escraches Digitales

Con la revolución de Internet y las nuevas tecnologías han llegado las redes sociales. Estas redes, que no son más que comunidades de personas reunidas en base a intereses comunes, en un espacio determinado (que podrá ser físico o virtual), han reinterpretado y potenciado muchas acciones, dando algunos resultados sorprendentes. Así, se han abierto las puertas a una inmensa cantidad de nuevas posibilidades. Son casos ejemplo aquellas parejas que se conocen y sobreviven a la distancia, personas que muestran su arte al mundo, así como también aquellos que la utilizan para hacer conocer sus causas u opiniones al resto, que en determinados contextos, puede ser canalizadora de un sentimiento social y común. Dentro de este último ejemplo podríamos clasificar lo que ha sucedido en nuestra ciudad en la última semana, donde muchas personas eligieron los medios digitales como medio de expresión y reclamo por la falta de seguridad que se vive en la ciudad de Santa Fe.

jueves, 8 de noviembre de 2012

Disertación en el Seminario Tecnológico - Legal - Colegio de Abogados de Santa Fe



El pasado Martes 6 de Noviembre, se llevó a cabo el Seminario de Actualización Tecnológico Legal en el Colegio de Abogados de Santa Fe - 1ra. Circunscripción Judicial.
El mismo se desarrollo a partir de dos paneles generales.El primero de ellos, titulado "Impacto del proyecto de código unificado en relación a la informática", fue una disertación de la Mgter. María Laura Spina y el Abog. Marcelo Temperini, ambos miembros de la Comisión de Derecho y Tecnologías de la Información.
 

En un segundo panel denominado "La internet que se viene", disertó el Dr. Carlos Dionisio Aguirre - Abogado, Miembro de ICANN y Profesor en la Universidad Nacional de Córdoba, sobre los Nuevos Nombres de Dominio en Internet.
 

Finalmente, el Ing. Tomás Bracalenti - Prof. Titular de Comunicaciones FRSF-UTN, desarrollo el concepto e implicancia del protocolo IPV6. Ambos paneles, fueron moderados por el Abog. Sergio Loyola - miembro de la Comisión de Derecho y Tecnologías de la Información.
 
 

lunes, 5 de noviembre de 2012

Seminario de Actualización Tecnológico-Legal - Colegio de Abogados de Santa Fe


El día Martes 6 de Noviembre próximo, se llevará a cabo el Seminario de Actualización Tecnológico Legal en el Colegio de Abogados de Santa Fe - 1ra. Circunscripción Judicial. El mismo, está organizado en dos paneles.
El primero de ellos, titulado "Impacto del proyecto de código unificado en relación a la informática", donde participarán la Mgter. María Laura Spina, el Abog. Federico Ferrer y el Abog. Marcelo Temperini - Miembros de la Comisión de Derecho y Tecnologías de la Información.
En un segundo panel denominado "La internet que se viene", el Dr. Carlos Dionisio Aguirre - Abogado, Miembro de ICANN y Profesor en la Universidad Nacional de Córdoba, disertarásobre los Nuevos Nombres de Dominio en Internet. En el mismo panel, disertará también el Ing. Tomás Bracalenti - Prof. Titular de Comunicaciones FRSF-UTN, sobre la Naturaleza e impactos del IPV6. Dicho panel será moderado por el Abog. Sergio Loyola.
El Seminario será realizado en el Anexo Colegio de Abogados de Santa Fe - 3 de Febrero 2743 P.1 - Salón Alberdi
Contacto : Tesorería CASF - 3 de Febrero 2761 P.2 - Tel. 4592700 int.117 ó 116
Costo para quienes deseen certificado de asistencia: -Profesionales y público en general: $50.- -Estudiantes: $10.-

jueves, 1 de noviembre de 2012

Nota sobre Robo de Identidad en Diario La Prensa - Entrevista al Abog. Marcelo Temperini


El día Martes 30 de Octubre de 2012, ha sido publicado una nota titulada "Crece el robo de identidad por Internet", en el Diario La Prensa de Argentina, en la cuál se entrevista a Marcelo Temperini, Abogado especialista en Derecho y Nuevas Tecnologías.
En este interesante artículo, se analiza el creciente fenómeno de los robos de identidad por Internet, así como los diferentes tipos de consecuencias que pueden tener. 

Agradecemos la gentileza del Periodista Sergio Limiroski, del Diario La Prensa.
 
A continuación dejamos el enlace a la NOTA COMPLETA.


sábado, 27 de octubre de 2012

Proyecto de Fundación "Internet y Sociedad"


Estimados, les presento una interesante propuesta de poder participar activamente en una Fundación denominada "Internet y Sociedad". Dicho proyecto tiene por objeto aportar estudios y conocimientos académicos a la sociedad en todo lo relativo a Internet y la Sociedad. 

La idea es de la Abog. Analía Aspis, especialista en derecho y nuevas tecnologías. Egresada con honores de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, becada para realizar estudios de maestría en la Universidad de Lausanne (Suiza) y la Universidad de Estocolmo (Suecia). Investigadora becada por el CONICET 

A continuación les dejo el link donde pueden acceder a más información sobre el proyecto, el cuál está juntando fondos a través de la modalidad de crowdfunding (financiación colectiva).

martes, 16 de octubre de 2012

Disertación en el Seminario Social Media del Paraná

El pasado Viernes 12 de Octubre del 2012, AsegurarTe estuvo participando del Seminario "Social Media del Paraná" brindando 2 capacitaciones a cargo de sus especialistas Maximiliano Macedo y el Abog. Marcelo Temperini.

En primer momento Maximiliano Macedo expuso sobre "Seguridad en Redes Sociales", donde se hizo un recorrido por casos de la vida real donde se mostraba como los usuarios y las empresas, cometen graves errores a la hora de participar de las redes sociales.
También se comentó sobre la investigación de estos incidentes de seguridad, por parte de AsegurarTe y se brindaron recomendaciones de Configuración de Privacidad, Navegación Segura, Gestión de Contraseñas, Geolocalización, Protección de dispositivos móviles (Celulares, Tablets, Notebooks ). El mensaje final de esta charla fué resaltar que además de las cuestiones técnicas a configurar en cada red social y dispositivos, se debe hacer hincapié en la capacitación constante y la responsabilidad del contenido que cada uno de forma particular publica en internet.

Luego de un break cortesía de la organización, llegó el turno de la exposición del Abog. Marcelo Temperini "Políticas 2.0" donde se mostró el plexo normativo vigente en la Argentina y se desmitificaron algunas cuestiones relacionados al ámbito Informático-Legal tales como "En internet no esta nada legislado", "En internet se vale todo", "No se puede encontrar a los culpables". Marcelo de una manera muy didáctica a través de casos prácticos y concretos mostró la forma de que las empresas pueden ejercer un control no abusivo a sus empleados, mostrando las buenas y malas implementaciones por parte de las empresas.
Finalmente se dejó el mensaje, que para controlar, primeramente se debe analizar el marco legal vigente y luego adaptar nuestras políticas de seguridad al mismo. También no se debe dejar de lado informar fehacientemente a los empleados de los cambios introducidos e informarlos adecuadamente.

El público se mostró muy participativo en todo momento, y se pudieron responder gran parte de sus consultas, armandóse así un excelente ida y vuelta entre el público y los disertantes.

Cabe destacar la excelente organización y predisposición del grupo "Locos del Social", en especial la gestión de la Lic. Romina Moine y la excelente atención de Horacio Piceda, la persona encargada de preparar el lugar y ultimar los detalles del evento.

lunes, 15 de octubre de 2012

Entrevista en el Programa de Radio Esperanza Argentina


El Miercoles 10 de Octubre de 2012, el Abog. Marcelo Temperini, socio de la Consultora AsegurarTe, fue entrevistado por el Programa de Radio "Esperanza Argentina" (www.esperanzaargentina.com.ar).
En la misma, se tuvo la oportunidad de comentar sobre la situación de diferentes problemáticas que existen en Internet, así como la posibilidad de prevenir y tomar recaudos para evitar sus riesgos en casos de phishing y suplantación de identidad digital.
Se agradece la invitación a Marisa Patiño por el excelente trato brindado.

viernes, 21 de septiembre de 2012

Disertación en las III Jornadas de Cloud Computing Security - CXO



El miércoles 19 de Octubre, se realizaron las III Jornadas de Cloud Computing Security, organizadas por CXO Community, dentro del Auditorio Principal de la Universidad del CEMA.

En las mismas fui invitado para la disertación en el último panel de las Jornadas, dedicado a los aspectos legales a considerar en las migraciones a la nube. Dicho Panel fue moderado por el Lic. Cristian Borghello y compartido con el Dr. Facundo Malaureille Peltzer.  

La exposición tuvo por objetivo enseñar el funcionamiento de la cesión de licencias en materia de propiedad intelectual, explicando la necesidad de estas cesiones (usuario-proveedor y proveedor-usuario) para la propia existencia de los servicios.

Junto a ellos, se desarrollaron algunos tips legales a tener en cuenta al momento de realizar los contratos con un proveedor de servicios cloud.

La idea final consistió en transmitir que si bien el derecho argentino no desborda de herramientas actualizadas para los nuevos contratos de internet, aún así es perfectamente posible migrar hacia el cloud computing manteniendo un importante nivel de seguridad jurídica para los usuarios y las empresas.
Finalmente, quiero destacar el agradecimiento por la invitación y el excelente trato a Cristian Borghello y Claudia Diego, ambos Directores Académicos de las Jornadas.

 

sábado, 15 de septiembre de 2012

Publicación en Diario UNO de Santa Fe: El vandalismo virtual en Wikipedia

El día Lunes 27 de Agosto de 2012, ha sido publicado una nota titulada "El vandalismo virtual llegó a la popular enciclopedia Wikipedia", en el Diario UNO de Santa Fe. En la misma, fue entrevistado el Abogado Marcelo Temperini, especialista en Derecho y Nuevas Tecnologías y socio en la Consultora en Seguridad de la Información AsegurarTe.

viernes, 31 de agosto de 2012

Exposición de Investigaciones en el Simposio de Informática y Derecho - JAIIO 41

 
El día Martes 28 de Agosto de 2012, se disertó en las Jornadas Argentinas de Informática - JAIIO Nº 41, celebradas en la Ciudad de La Plata, dentro de las instalaciones de la Facultad de Informática de la Universidad Nacional de La Plata.
En esta oportunidad, junto al Lic. Cristian Borghello, se han publicado y defendido dos investigaciones dentro del Simposio de Informática y Derecho, ambas relacionadas al ámbito de los delitos informáticos en Argentina.
 
  
La primera de ellas fue la investigación "La captación ilegítima de datos confidenciales como delito informático en Argentina", en donde se expusieron los estudios realizados, la postura sobre una mutación en las técnicas de phishing y la necesidad de regulación de estas acciones. Esta publicación fue producto de una parte del estudio realizado para para la redacción del Proyecto S-2257/11 -  Proyecto de Ley para tipificar el Phishing o Captación Ilegítima de Datos, que actualmente se encuentra en el Senado de la Nación.

La segunda investigación fue "La suplantación de identidad digital como delito informático en Argentina", y en la misma se expresaron los aspectos más sobresalientes de estas nuevas prácticas, su funcionamiento y sobre todo, la potencialidad de sus consecuencias para las víctimas de una suplantación. Esta publicación fue producto de parte de la investigación realizada para la redacción del Proyecto S-1312/12 - Proyecto de Ley para tipificar la Suplantación de Identidad Digital, el cuál también se encuentra en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado de la Nación Argentina.
Tal como en años anteriores, la experiencia ha sido más que positiva, tanto por la propia organización así como por la calidad de los asistentes y expositores.

Especial y destacado agradecimiento a Maximiliano Macedo, amigo y socio de AsegurarTe, quien nos acompaño en todo momento en este importante evento.

viernes, 3 de agosto de 2012

Premio Cuadro de Honor a los mejores promedios


El día Miércoles 1º de Agosto, tuve el gusto de recibir una distinción realizada por la empresa PuntoBiz, quien a través de su premio Cuadro de Honor, realiza un reconocimiento a los mejores promedios egresados en el último año, tanto  de las universidades públicas como privadas de la provincia de Santa Fe.


El galardón comenzó a entregarse en 2006 con el objetivo de reconocer la excelencia académica y promover la dedicación entre los jóvenes. Se otorga sólo a aquellos que obtuvieron los mejores promedios en carreras de grado.

En mi caso, he tenido el gusto de ser el tercer mejor promedio en la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, de la Universidad Nacional del Litoral.

Fue realmente un placer poder estar entre los graduados más distinguidos de nuestra Provincia de Santa Fe, por lo que expreso mi agradecimiento a la organización de este evento por su gentileza por el premio.


lunes, 16 de julio de 2012

Publicación en Diario UNO de Santa Fe: Protestas en Internet

El día Domingo 15 de Abril de 2012, ha sido publicado una nota de opinión jurídica titulada "Protesta en Internet", en el Diario UNO de Santa Fe, realizada por el Abogado Marcelo Temperini, especialista en Derecho y Nuevas Tecnologías y socio en la Consultora en Seguridad de la Información AsegurarTe.
En la misma se analiza el fenómeno y las consecuencias de las nuevas formas de protesta, especialmente las llevadas a cabo por el grupo de ciberactivistas Anonymous en Argentina.
A continuación dejamos la Nota completa para que puedan acceder.
Agradecemos la gentileza del Diario UNO de Santa Fe, en especial al periodista Hipólito Ruiz.

miércoles, 11 de julio de 2012

Proyectos de Ley de Suplantación de Identidad Digital y Phishing avanzan a paso firme



El día de ayer,  Martes 10 de Julio de 2012, hemos tenido la oportunidad de participar junto al Lic. Cristian Borghello, de una reunión en el Senado de la Nación, con el objetivo de presentar y exponer ambos Proyectos entre los asesores de los Senadores pertenecientes a dicha Comisión.

Como habíamos adelantado los Proyectos de Ley 2257/11 -Captación ilegítima de datos confidenciales/Phishing- y 1312/12 -Suplantación de Identidad Digital-, ya presentados por mesa de entradas del Senado de la Nación e impulsados por la Senadora Nacional María de los Ángeles Higonet y el Senador Nacional Carlos Verna, habían sido girados a la Comisión de Justicia y Asuntos Penales para ser tratados.

lunes, 2 de julio de 2012

Entrevista en el Programa de Radio "Domingo de Locos", de Alejandro Colussi por FM SOL 91.5

Maximiliano Macedo y Marcelo Temperini, de la empresa Asegurarte: Consultora en Seguridad de la Información hablaron con Alejandro Colussi, sobre la invasión a la privacidad de las personas en las distintas cuentas de acceso a internet con las que cuentan las personas.

lunes, 25 de junio de 2012

Entrevista en Programa "Desafios Productivos" sobre la Cruzada por la Identidad Digital



El pasado Domingo 17 de Junio, se ha tenido el placer de ser entrevistado en el programa televisivo “Desafíos productivos”, conducido por Darío Schueri y emitido por el Canal Somos Santa Fe de Cablevisión. En esta oportunidad, el Abog. Marcelo Temperini ha sido invitado para comentar la existencia de la Cruzada por una Identidad Digital, a través de la cuál se busca dar difusión a dos proyectos de ley en los cuáles se ha participado, y que han sido presentados en el Senado de la Nación Argentina.

sábado, 9 de junio de 2012

Seminario de Habeas Data y Delitos Informáticos - UTN FRSF

El día Jueves 31 de Mayo de 2012, se ha tenido el placer de poder exponer para un Seminario de 2 hs. denominado “Hábeas Data y Delitos Informáticos”, brindado ante una de las comisiones de estudiantes de Ingeniería en Sistemas de la Universidad Tecnológica Nacional - Facultad Regional Santa fe. 

lunes, 4 de junio de 2012

Nota en Diario Clarín a Marcelo Temperini

El día Sábado 02 de Junio de 2012, ha sido publicado una nota titulada "Se hacen pasar por un político", en el Diario Clarín de Argentina, sobre una entrevista realizada a Marcelo Temperini, Abogado especialista en Derecho y Nuevas Tecnologías. 
En la misma se expresan los alcances sobre los inconvenientes que plantean los casos de robo o suplantación de identidad digital en Argentina, junto con sus consecuencias jurídicas.
A continuación dejamos la Nota completa para que puedan acceder.
Agradecemos la gentileza del Diario Clarín, en especial al periodista Leo Gonzalez Perez.

lunes, 28 de mayo de 2012

Cruzada para tipificar el delito de Suplantación de Identidad Digital



En vistas del incremento exponencial de los casos de Suplantación de Identidad Digital, Segu-Info y La Red El Derecho Informático se han unido para generar la Cruzada para tipificar el delito de Suplantación de Identidad Digital - Argentina 2012. La misma es basada en un Proyecto de Ley presentado ante el Senado de la Nación, en la cuál participaron en su redacción el Abog. Marcelo Temperini y el Lic. Cristian Borghello, junto al equipo de asesores de los senadores, buscando plasmar en el proyecto una alternativa válida que permita avanzar en la lucha contra el cibercrimen.

viernes, 18 de mayo de 2012

Ciclo Charlas en Rafaela por el Día Mundial de Internet


La Comunidad internacional celebró en el día de ayer, jueves 17 de Mayo, la VII Edición del Día Mundial de Internet con más de 200 actividades y eventos programados en 23 países del mundo. En ese marco, la Municipalidad de Rafaela organizó un ciclo de charlas abiertas para la comunidad bajo la temática "Trabajamos para promover una Internet más segura", realizadas a cargo del Abog. Marcelo Temperini y Téc. Maximiliano Macedo, de la empresa AsegurarTe.